Moción al Pleno del Ayuntamiento de Iruña relativa a a los consejos de barrio
2007-10-03

 

 

            El 18 de noviembre de 1.999 el Pleno del Ayuntamiento de Pamplona acordó, por unanimidad, desarrollar la disposición del Reglamento Orgánico en cuanto a los Consejos de Barrio.

 

            El 28 de septiembre del año 2000 se aprobó el ámbito territorial de actuación de los Consejos y el 16 de octubre del 2003, a raíz de una moción de IU, se aprobó por unanimidad una enmienda por la que se acordaba que, antes del 31 de enero de 2004, se elevaría una propuesta para adoptar las medidas necesarias que garantizaran la mayor representatividad de los Consejos de Barrio.

 

            Desde entonces se vienen incumpliendo estos acuerdos y, por supuesto, los Consejos de Barrio siguen siendo inexistentes.

 

            Desde NAFARROA BAI apostamos por una democracia participativa ampliando la participación ciudadana en todos los ámbitos y, especialmente, en las decisiones que debemos tomar para lograr un mayor y efectivo desarrollo de la misma.

 

            Creemos que la puesta en marcha de los Consejos de Barrio, con lo que estos pueden suponer de cambio de modelo en la forma de hacer ciudad, ha sufrido una paralización y desprecio que queremos ver superada.

 

            En marzo del 2004 y en septiembre de ese mismo año, la representación del conjunto de asociaciones vecinales de Pamplona, realizó una serie de alegaciones y propuestas al entonces borrador de reglamento de participación ciudadana, gran parte de las cuales no fueron atendidas. Entre otras cuestiones se proponía:

 

- Que los Consejos de Barrio no tengan carácter meramente consultivo, y que asumieran las siguientes competencias:

 

Informativas. Recibir información, para poder trasmitirla a los colectivos ciudadanos y al vecindario de todo aquello que afecta directamente a su barrio.

 

Consultivas. Que sean consultados por parte del Ayuntamiento para conocer de primera mano las opiniones del vecindario y las asociaciones vecinales que viven en una zona determinada.

 

Preceptivas. Que en determinados aspectos importantes que afecten al barrio (planes urbanísticos, dotaciones significativas, ..), sea preceptivo un informe del Consejo de Barrio antes de la toma de decisiones por parte del Ayuntamiento.

 

De Gestión participada. Defendemos ciertos niveles de gestión participada de la ciudadanía en aquellos campos previamente decididos y aprobados por el Consistorio y que tengan referencia exclusiva a su entorno. (Ejemplos serían la posible elaboración de planes de actuación que implique y requiera la participación de la ciudadanía, el establecimiento y organización de la actividad cultural y social en el barrio, la planificación y control de los centros socioculturales, etc).

 

En la medida en que estas demandas no fueron recogidas, hoy es el día que varios años después de la aprobación del Reglamento de Participación Ciudadana que regula los citados Consejos, no se ha constituido ninguno de ellos por falta de interés de las asociaciones vecinales y ciudadanas a las que reglamentariamente les corresponde solicitarlo. Un desinterés fruto del carácter meramente consultivo de dichos Consejos.

 

En consecuencia se propone que el Pleno adopte el siguiente

 

ACUERDO:

 

1. El Ayuntamiento de Pamplona adopta la iniciativa de impulsar los Consejos de Barrio.

 

2. La Junta de Gobierno formulará en el plazo de dos meses una propuesta para la reforma del reglamento de participación ciudadana en lo referido a los Consejos de Barrio, para su debate y aprobación en la Comisión de Presidencia y Pleno, previa audiencia a las asociaciones vecinales en la citada Comisión.

 

3. Tras su debate y aprobación en Pleno, se procederá a la efectiva constitución de cada uno de los Consejos de Barrio, si así lo solicitan las asociaciones ciudadanas competidas.

 

                                                               ------------------------------------------------------