Intervención ante la moción sobre los Consejos de Barrio
Ampliar los cauces de participación ciudadana, es un reto fundamental para mejorar la calidad democrática del Ayuntamiento de Pamplona. Por eso es preciso impulsar unas relaciones mejores e innovadoras entre las instituciones y la sociedad. Entendemos que es preciso intentar un doble cambio: abrir las puertas de la política municipal a la sociedad y lograr una intervención más directa y más activa de la sociedad y de sus organizaciones sociales en la vida municipal.
Para ello es necesario adoptar medidas que impliquen: nuevas vías de participación y de gestión de la res publica, una mayor transparencia y cauces de control social además de los actualmente establecidos; así como el apoyo al asociacionismo autónomo mediante vías de comunicación fluida y medidas de democracia directa hoy inexistentes.
Los objetivos que nos marcamos en cuanto a la Participación Ciudadana son:
En marzo del 2004 y en septiembre de ese mismo año, la representación del conjunto de asociaciones vecinales de Pamplona, realizó una serie de alegaciones y propuestas al entonces borrador de reglamento de participación ciudadana, gran parte de las cuales no fueron atendidas. Entre otras cuestiones se proponía:
- Facilitar el derecho a Consulta Ciudadana, de tal forma que se contemple taxativamente que el Ayuntamiento deberá convocar referéndum si así lo solicitan el 10% de los ciudadanos mayores de edad y censados, y que se tenga en cuenta también que el objeto del referéndum puede afectar a un sólo barrio, a varios de ellos o bien al conjunto de la ciudad.
- Facilitar los trámites para el derecho a propuesta, a la audiencia pública, y reducir los trámites burocráticos exigidos a las asociaciones vecinales. Así en el aspecto del derecho a propuesta, realizaban una alegación concreta para "ante un tema concreto, a propuesta del Consejo de barrio, o bien a propuesta vecinal avalada por un número de 300 firmas, de vecinas y vecinos de la zona o barrio afectado, la Comisión correspondiente del Ayuntamiento deberá tratar las aportaciones y debatirlas en presencia de representantes vecinales. Dichos representantes también podrán acudir y participar en el Pleno en que se trate dicho asunto, con una exposición y un turno posterior de réplica. "
Hoy es el día en que ningún Consejo de Barrio se ha puesto en marcha, en tanto que dichas asociaciones de vecinos no lo han solicitado como establece la normativa, al considerarlos de escaso interés sino se modifica el carácter exclusivamente consultivo que actualmente tienen.
Hay que recordar que La Ley reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), contempla en su artículo 128 la obligatoriedad de crear distritos, como divisiones territoriales propias. Exactamente dice:
"1. Los ayuntamientos deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, dotadas de órganos de gestión desconcentrada, para impulsar y desarrollar la participación ciudadana en la gestión de los asuntos municipales y su mejora, sin perjuicio de la unidad de gobierno y gestión del municipio.
2. Corresponde al Pleno de la Corporación la creación de los distritos y su regulación, en los términos y con el alcance previsto en el artículo 123, así como determinar, en una norma de carácter orgánico, el porcentaje mínimo de los recursos presupuestarios de la corporación que deberán gestionarse por los distritos, en su conjunto.
3. La presidencia del distrito corresponderá en todo caso a un concejal."
Sin embargo, la disposición adicional decimosexta de la LFALNA estipula:
"- La creación de Distritos municipales como forma de gestión desconcentrada tendrá carácter potestativo y su regulación, en su caso, se realizará mediante el Reglamento Orgánico correspondiente."
Como vemos, si bien la normativa navarra no considera la creación de distritos o consejos de barrio como obligatorio, lo que entendemos lógico es que si se crean, se hagan con el espíritu de la LRBRL, que contempla "órganos de gestión desconcentrada", siendo una norma de carácter orgánico la que determine "el porcentaje mínimo de recursos de la corporación que deberán gestionarse por los distritos, en su conjunto." Es decir, el espíritu y la letra de esta norma, denotan claramente la necesidad de que estos distritos o consejos de barrio tengan unas competencias y presupuestos a determinar por pleno y normativa orgánica.
Una ciudad integrada y cohesionada, con una vida social rica y compleja, que promueve el asociacionismo autónomo y la participación ciudadana, necesita unos consejos de barrio capaces de impulsar todo ello, haciéndolo de la manera más cercana a dicha ciudadanía, y en su entorno más próximo.