Conversión del monte Ezcaba-San Cristobal en área natural recreativa
2007-11-15

CONVERSIÓN DEL MONTE EZCABA-SAN CRISTÓBAL EN ÁREA NATURAL RECREATIVA

 

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

 

Como consecuencia de las diversas conversaciones y reuniones mantenidas entre los Ayuntamientos y Concejos de los pueblos propietarios del Monte Ezcaba-San Cristóbal con el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, se firmó el 23 de Octubre de 1997 un acuerdo de colaboración entre el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, la Sociedad Cultural Deportivo Recreativa Anaitasuna (Sección de Montaña), la Caja de Ahorros de Navarra y los Ayuntamientos de Berriozar, Ansoáin, Berrioplano, Ezcabarte y Juslapeña, para la declaración del Monte San Cristóbal Área Natural Recreativa, adecuación y ordenación del uso público y puesta en marcha del programa de Voluntariado Ambiental.

 

La Cláusula Segunda del acuerdo firmado, establece, entre otras, las siguientes obligaciones:

 

a)      Corresponderá a los Ayuntamientos propietarios del Monte de San Cristóbal:

 

·        La propuesta al Gobierno de Navarra de declaración del citado Monte como Área Natural Recreativa.  Dicha propuesta se realizará antes de finalizar el año 1997.

·        Colaboración en los estudios para la declaración del Área Natural Recreativa.

 

b)      Corresponderá al Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra:

 

·        Limpieza inicial del Monte San Cristóbal.

·        La elaboración de un estudio para la adecuación de San Cristóbal y la ordenación del uso público.

·        La declaración de San Cristóbal como Área Natural Recreativa.

·        La contratación y supervisión de los trabajos que se realicen hasta la aprobación y puesta en funcionamiento del Plan de Uso y Gestión.

·        Financiar los gastos de funcionamiento y la formación de los voluntarios, así como aporte de materiales necesarios para la realización de los trabajos.

 

La Cláusula Tercera sobre la Vigencia del acuerdo establece:  El presente Acuerdo de Colaboración tendrá vigencia de un año y podrá prorrogarse, siempre que quieran las partes, sucesivamente mientras no se ponga en funcionamiento el Plan de Uso y Gestión, no excediendo este periodo de otros tres años más, contando como primer año el ejercicio que suponga gasto del presupuesto del Departamento de Medio Ambiente.   Antes de la finalización del cuarto año se procederá a la revisión del Acuerdo y formalización de un nuevo documento para su suscripción.

 

Los Ayuntamientos afectados por el Acuerdo y antes de la fecha prevista, acordaron tanto la ratificación del acuerdo en todos sus extremos firmado por sus Alcaldes, como la propuesta-petición al Gobierno de Navarra de la declaración del Monte Ezcaba-San Cristóbal como Área Natural Recreativa.

El 9 de Octubre de 1998, se realiza una nueva reunión de los firmantes del Acuerdo de Colaboración, donde se acuerda la prórroga por un año del Acuerdo, se aprueban las actuaciones realizadas hasta la fecha, se recibe el Estudio Básico para la creación de una Área Natural Recreativa y se invita a los Ayuntamientos de Pamplona y Villava a formar parte de la comisión como Ayuntamientos afectados.

 

El 24 de Octubre de 2000, se realiza una nueva reunión entre el Gobierno de Navarra y los Ayuntamientos firmantes del Acuerdo de Colaboración, donde se presenta nuevamente el Proyecto de Estudio Básico para la creación del Área Natural Recreativa en el Monte Ezcaba-San Cristóbal.

 

El 26 de Noviembre de 2003 y 11 de Junio de 2004, se celebran nuevas reuniones del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, con los representantes de los Ayuntamientos afectados por el Monte Ezcaba-San Cristóbal.

 

El 3 de Junio de 2004, se aprueba por unanimidad en el Parlamento de Navarra, una moción presentada por el Grupo Parlamentario de Aralar, por la que se instaba al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda a regular el uso y protección del área EN-13, del Monte Ezcaba.

 

El 7 de Marzo de 2006, el Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, justificaba ante el Parlamento Foral la parálisis del proyecto de Área Natural Recreativa, a la falta de iniciativa y acuerdo entre los ayuntamientos que son propietarios del “uso y aprovechamiento comunal” y en los que recae la responsabilidad de su gestión.

 

También recordar que desde el año 1994 hasta la fecha, en Noviembre de cada año, la Sección de Montaña de la Sociedad Cultural Deportiva Recreativa Anaitasuna, convoca a los habitantes de la Comarca de Pamplona, a celebrar una marcha por el Monte Ezcaba, desde el Ayuntamiento de Pamplona hasta el Fuerte de San Cristóbal, con una participación de más de 2.500 personas.

 

Las pasadas elecciones municipales del 27 de Mayo de 2007, ha posibilitado la incorporación de nuevas personas a los distintos Ayuntamientos y Concejos afectados, por ser propietarios de comunales del Monte Ezcaba-San Cristóbal.

 

Por todo ello, proponemos al Ayuntamiento de ................ los siguientes ACUERDOS :

 

1º.-  El Ayuntamiento de ............... solicita nuevamente al Gobierno de Navarra, la declaración del Monte Ezcaba-San Cristóbal, como Área Natural Recreativa.

2º.- Solicitar al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, la presentación de un Proyecto Básico actualizado, sobre las previsiones y necesidades de  actuación sobre el Monte Ezcaba-San Cristóbal.

3º.-  El compromiso del Ayuntamiento de .................., de participar activamente en el debate, junto con el resto de Ayuntamientos y Concejos afectados, para conseguir con el Departamento de Medio Ambiente, llegar a unas propuestas de actuación consensuadas y que sean recogidas en el Proyecto de Actuación Definitivo, para que sea aprobado por las Entidades Locales propietarias del monte.