El pleno del ayuntamiento de Pamplona, aprueba una moción de Nafarroa Bai a favor de la promoción de la contratación pública sostenible o “contratación verde”
En 1994 más de 600 representantes de ochenta autoridades locales europeas y tomando como referencia la Conferencia de Río, consensuaron un manifiesto al que llamaron Carta de las Ciudades Europeas hacia la Sostenibilidad, que por haber sido redactado en la ciudad danesa de Aalborg recibió el nombre de Carta de Aalborg. En esta carta, las ciudades declaran su voluntad de redactar su plan de acción local, llamado Agenda 21 Local, donde recogerán las acciones y estrategias que deben desarrollar para conseguir que las ciudades, pueblos y territorios sean más sostenibles en el siglo XXI.
Varios son en Navarra los Ayuntamientos que se han adherido a la Carta de Aalborg con lo que expresan su compromiso con la estrategia de sostenibilidad y el desarrollo de su Agenda 21 Local.
Entre los compromisos adquiridos se encuentra el “impulsar la contratación y la compra municipal de productos y servicios respetuosos con el medio ambiente.”
Los vocablos Compra Verde, Contratación Verde, Ambientalización Interna o Contratación Pública Sostenible, son formas diferentes de llamar al conjunto de iniciativas que la administración pública y otras entidades públicas y privadas llevan a cabo para la mejora del comportamiento ambiental interno.
Esta definición engloba tanto la compra de productos ambientalmente más correctos como la contratación de obras y servicios bajo criterios ambientales con la perspectiva de fomentar cambios en los sectores económicos y en las pautas de trabajo.
Supone, por tanto, un avance en las formas de hacer de la contratación pública, donde a la consideración de criterios económicos y de calidad, y de imparcialidad en los procedimientos de contratación, se le añaden otros criterios de carácter medioambiental. De hecho, hoy es el día en que numerosas instituciones públicas, están aplicando con éxito la contratación pública sostenible, para la adquisición de productos y servicios de todo tipo.
Existen diversas razones que justifican la importancia de introducir la Compra Verde, muy especialmente en las administraciones públicas:
1. Impacto significativo. En el ámbito europeo, las adquisiciones de las administraciones públicas representan un 16% del PIB europeo. En el Estado español asciende a un 28% según datos de 2005. Esto sitúa a las administraciones como un sector relevante de la economía y como uno de los principales motores que pueden contribuir decisivamente al desarrollo sostenible. Las políticas de compras podrían cambiar la economía de escala de ciertos productos ambientalmente más correctos fomentando cambios en el sector productivo.
2. Elemento ejemplificador. A escala inferior (estatal, regional o local) las administraciones exigen constantemente a los sectores productivos, así como a los ciudadanos y ciudadanas a título individual, la implicación en la protección del medio ambiente. Por consiguiente, la implementación de la compra verde juega un papel ejemplificador.
3. Eficacia y eficiencia. Finalmente la compra verde supone otros beneficios para las administraciones públicas entre los que se encuentran los siguientes:
- La reducción significativa en el consumo de recursos naturales (agua, energía, materia,…)
- La reducción en las emisiones de gases de efecto invernadero
- La integración del análisis del ciclo de vida de los productos, bienes y servicios.
- En muchos casos, obtención de mayores niveles de sostenibilidad por el mismo coste o a un coste inferior.
El artículo 49 de la Ley de Contratos Públicos de Navarra establece la posibilidad de hacer requerimientos de carácter social o medioambiental en la ejecución de los contratos. Este artículo en su punto primero dice:
“1. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares podrán incluir requerimientos pormenorizados de carácter social o medioambiental sobre el modo de ejecutar el contrato, tales como la recuperación o reutilización de los envases y embalajes o productos usados; la eficiencia energética de los productos o servicios; el suministro de productos en recipientes reutilizables; la recogida y reciclado de los desechos o de los productos usados a cargo del contratista; la obligación de dar trabajo a desempleados de larga duración; la organización a cargo del contratista de actividades de formación para jóvenes y desempleados; la adopción de medidas de promoción de la igualdad de sexos, o de medidas de integración de los inmigrantes; la obligación de contratar para la ejecución del contrato a un número de personas discapacitadas superior al legalmente establecido y otros análogos.”
El Área de Desarrollo Sostenible del Ayuntamiento de Pamplona, comenzó a introducir criterios ambientales en los contratos en el año 2005, y se hace en todos los contratos del área desde el año 2006. Sin embargo, salvo casos concretos, no se aplica de manera sistemática en todos los casos de todas las áreas municipales.
Por todo ello, el Pleno del Ayuntamiento acuerda:
1. Instar a Alcaldía y a los órganos de Gobierno de este Ayuntamiento, a promover la contratación pública sostenible, en todas las áreas y actividades que desarrolla el Ayuntamiento y sus organismos autónomos.
2. Instar a Alcaldía y a los órganos de Gobierno de este Ayuntamiento, a promover la formación del personal municipal, para el buen desarrollo de esta modalidad de contratación.
3. Instar a Alcaldía y a los órganos de Gobierno de este Ayuntamiento a colaborar con otras entidades e instituciones, para el mejor desarrollo de este tipo de contratación.
Txema Mauleón.